T. Supremo: Exención art. 7 p LIRPF a los rendimientos de administradores en el extranjero
T. Supremo: Exención art. 7 p LIRPF a los rendimientos de administradores en el extranjero
Introducción
La expresión «trabajos» que figura en la LIRPF art.7.p debe entenderse referida a los rendimientos del trabajo definidos en la LIRPF art.17.1: rendimientos del trabajo derivados de una relación laboral o estatutaria, así como a determinados supuestos contemplados en la LIRPF art.17.2...
IRPF: LAS CUOTAS AL R.E.T.A. PAGADAS POR UNA SOCIEDAD AL ADMINISTRADOR SERÁN RENTA EN ESPECIE, PERO TAMBIÉN GASTO DEDUCIBLE (EFECTO NEUTRAL)
Ya estamos a las puertas del final de la campaña de renta y no me gustaría que ésta acabara sin antes advertir de una circunstancia que se da en la práctica y que muchos no saben cómo actuar ante ella saliendo muy perjudicados.
Si alguno se ve en esta situación y ya ha presentado su autoliquidación de IRPF, que sepa que puede pedir la rectificación de la misma para que Hacienda le devuelva,...