NUEVAS MEDIDAS FISCALES DEL ESTADO
- Introducción
Si el último post de este humilde blog hacía referencia a las “golosas” novedades fiscales autonómicas en Andalucía (sexta rebaja de impuestos desde 2019), hoy toca abordar las nuevas medidas fiscales “para la justicia social y eficiencia económica” anunciadas por el Gobierno que se incluirán en los Presupuestos de 2023, siendo la más llamativa el “Impuesto de solidaridad a las grandes fortunas”.
- Se incluyen incentivos para las rentas bajas en el IRPF
- No se deflacta la escala estatal del IRPF
- Se “ningunea” fiscalmente a la “clase media trabajadora”– a quien parece que la inflación no afecta –
- Elevación de impuestos para rentas altas.
Para una mejor visualización, se adjunta PDF de la propia AEAT:
PRESENTACIÓN PAQUETE DE MEDIDAS FISCALES -2023
- Impuesto de solidaridad a las grandes fortunas
En primer lugar, la denominación no es acertada ya que es un eufemismo: la solidaridad es voluntaria, impropia de la coactividad inherente a los impuestos.
Contemplado como una “vendetta” o “boomerang” contra las Comunidades Autónomas que en uso de sus competencias han decidido bonificar el pago del Impuesto sobre el Patrimonio (Madrid, Andalucía…). Si hubiera sido Cataluña la que hubiera suprimido el IP, no estaríamos hablando de este impuesto.
Este impuesto acabará en el T.C. por su riesgo de inconstitucionalidad, al ser un caso de deslealtad institucional al atacar la corresponsabilidad fiscal de las Comunidades Autónomas prevista en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de aquéllas.
Nuevo Impuesto a las Grandes Fortunas:
- Patrimonios Netos superiores a 3 millones €.
- Tipos del 1,7% al 3,5%.
- No afecta a 2022. (Posteriormente el Gobierno lo ha modificado y se aplicará con carácter retroactivo al 2022).
- Temporal para 2023 -2024, si bien se prevé cláusula de revisión para evaluar si es necesario mantenerlo o suprimirlo.
- Para evitar una doble imposición, la cuota que se abone por Imp. Patrimonio a las comunidades autónomas será deducible.
- Afecta a 23.000 contribuyentes, si bien indirectamente a muchos más (quienes prefieran irse a otro país o no residir en Andalucía como muchos se habían planteado justo tras la supresión del IP).
En aquellas Comunidades Autónomas donde existan bonificaciones plenas en el Impuesto sobre el Patrimonio (Madrid, Andalucía…) no se abonará éste, pero sí tendrán que hacer frente al novedoso Impuesto a las grandes fortunas.
Sin perjuicio de las dudas de constitucionalidad y de la litigiosidad que se avecina, hay incógnitas:
- ¿el patrimonio neto incluye exenciones o no como las de IP?
- criterios de valoración de bienes a declarar
- aplicación del límite conjunto renta patrimonio que va a provocar situaciones desagradables de contribuyentes con pocas rentas / liquidez que se vean obligados a mal vender.
A aquellos contribuyentes que lo presenten, les animo que impugnen la autoliquidación de dicho impuesto para no dejarlo firme. Había un impuesto cedido a las C.A. (IP) y ahora uno nuevo similar, pero de carácter estatal.
“Morirá” en los tribunales por posible vulneración de competencias.
Medidas IRPF
- Dos nuevos tramos para las rentas del ahorro: aumenta 1 punto, hasta el 27%, entre 200.000€ y 300.000€. Para rentas superiores a 300.000€, el tipo se eleva en 2 puntos, hasta el 28%.
- Ampliación reducción rendimientos del trabajo hasta 21.000 € (antes 18.000€).
- Mínimo de tributación de cada contribuyente sube de 14.000 a 15.000 €.
- Rebaja de 5 puntos en el rendimiento neto de módulos para autónomos.
- Se eleva del 5% al 7% los gastos de difícil justificación para autónomos en estimación directa simplificada.
Medidas en el Imp. Sociedades
- Limitación 50% en la compensación de BINs en los grupos consolidados
- Reducción al tipo 23% (no del 25%) para entidades que facturen menos de 1 millón
Medida en el IVA
- Rebaja del 10 % al 4 % de los productos de higiene femenina (compresas, tampones, protegeslips), preservativos y anticonceptivos no medicinales.
Finalmente, queda pendiente ver cómo quedan redactadas estas medidas citadas en los Presupuestos Generales del Estado y la vigencia temporal de cada una de ellas (2023,2024…).
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