PRINCIPALES NOVEDADES
Miércoles 3 de abril, “pistoletazo” de salida.
Aunque el manual que ofrece la AEAT es claro, se hace necesario al menos, un resumen de las más importantes. Agencia Tributaria: Guía de las principales novedades del IRPF en el ejercicio 2023.
Algunas las esbozamos ya aquí: NUEVAS MEDIDAS FISCALES DEL ESTADO PARA 2023 (jorgecortesabogado.es)
Novedades MODELO IRPF
Asimismo, aprovechamos que en el modelo 100 existe esta novedad que nunca antes ha existido. Sobre ello escribimos hace una semana: NOVEDAD 2023 MODELO I.R.P.F. (jorgecortesabogado.es)
Las principales novedades son:
- Incremento hasta los 15.000€ de rendimientos íntegros del trabajo (antes 14.000€), como límite a partir del cual existe la obligación de presentar la declaración de la renta, cuando esos rendimientos procedan de más de un pagador.
- Para los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo y también para aquellos que obtengan rendimientos de actividades económicas en estimación directa, se aumenta la reducción sobre los rendimientos netos inferiores a 19.747,50 euros siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo en un caso y de las actividades económicas en el otro, superiores a 6.500 euros.
- Todos los autónomos (por cuenta propia), han de declarar con independencia de la cuantía que percibieran en 2023.
- Para contribuyentes que realizan actividades económicas por el método de estimación directa simplificada, podrán deducir en lugar del 5% tradicional en concepto de gastos de difícil justificación un 7% (se mantiene límite máximo de 2.000€)
- Para los contribuyentes que tributan bajo la modalidad de estimación objetiva se establece una reducción del 10%.
- Deducciones por maternidad. Se amplia a madres que en el momento del nacimiento perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo o, en cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados.
Link: AMPLIACIÓN DE LA AYUDA 100€ A LAS MADRES: DESDE 2023 (jorgecortesabogado.es)
- Al hilo de esa misma deducción, “ampliación de la deducción por gastos de guardería”, tanto a los centros de educación infantil autorizados por la administración educativa como a cualquier otra guardería que cuenta con su licencia de actividad.
- Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible: 15%.
- Se prorroga deducción estatal temporal por obras de eficiencia energética.
No constan en los borradores/datos fiscales. Para beneficiarse en 2023, el certificado de eficiencia energética posterior a la finalización de las obras debió emitirse antes del 31 de diciembre. Sólo afectará a propietarios de viviendas habituales o propietarios de viviendas en alquiler o en expectativa de alquiler, siempre que en este último caso la vivienda se alquile antes del 31 de diciembre de 2025, y las obras no se podrán pagar con dinero efectivo.
Link: Nuevas deducciones IRPF: obras para eficiencia energética. (jorgecortesabogado.es)
Ampliación
Ampliación hasta 2024: Disposición 17040 del BOE núm. 251 de 2022
Otros
- Analicen situación civil, ayudas, bonos, subvenciones, el IMV (obligatorio presentar la renta), uso de los inmuebles, las deducciones autonómicas o si se han percibido intereses de demora en 2023, hay que declararlos tras sentencia del T. Supremo.
Jorge Cortés – Teléf: 690951168.