DEL ALLANAMIENTO JUDICIAL DEL T.E.A.R.A. EN LAS COMPROBACIONES DE VALORES POR TASACIÓN HIPOTECARIA
Hace poco escribimos sobre las comprobaciones de valores en base al método de tasaciones hipotecarias y que afectan a los impuestos ISD e ITPAJD.
Buenas noticias: significamos que la Abogacía del Estado (TEARA) se allana en los recursos contenciosos planteados ante el T.S.J. de Andalucía frente a las Resoluciones del TEARA respecto al método de comprobación de valores del 57.1.g, LGT. “tasación hipotecaria” (Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. (boe.es), tras las numerosas sentencias dando la razón a los contribuyentes:
STSJA (sede en Málaga): 14/01/2021; 19/04/2021 y 20/07/2022
STSJA (sede en Sevilla): 28/4/2022 que reproduce otras tantas anteriores
Informe de diciembre 2022 FAVORABLE al allanamiento del Pte. TEARA (sede Málaga)
Cuando el demandado se allana a la demanda se pone fin a la controversia, se la deja sin objeto. Se pone, por tanto, también fin al proceso. El juez o la Sala debe de inmediato dictar sentencia, de acuerdo con lo que el actor del proceso está solicitando en la demanda.
El allanamiento es un acto legítimo mediante el cual el demandado acepta lo que se le exige en la demanda y las consecuencias jurídicas de esos hechos, también con la idea de evitar pagar costas.
Dejamos extracto de comunicación reciente al TSJA por parte del Abogado del Estado:
ACTUALIZACION ENERO 2024:
En el Bufete se ha ganado otro caso mediante Sentencia de 21/12/2023 , la nº 3.388/2023, procedimiento 542/2022 , donde pese a allanarse tanto la Junta como el TEARA, el TSJ de Andalucía (sede en Málaga) las condena en costas a pagar 1.500€ a la reclamante porque la Junta liquidó haciendo caso omiso a sentencias judiciales del TSJA que fueron anteriores a la Resol. del TEARA impugnada.
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