CATASTRO: “BUZÓN” ÚTIL PARA EL VALOR DE REFERENCIA CATASTRAL
Post referente al tan cuestionado valor de referencia catastral.
En su día aludimos al mismo: El Nuevo Valor de Referencia Catastral (jorgecortesabogado.es)
Para más Info: Sede Electrónica del Catastro – Valor de Referencia (sedecatastro.gob.es)
El motivo de este post es que la Sede Electrónica del Catastro www.sedecatastro.gob.es ha habilitado un mecanismo o BUZÓN NOVEDOSO para los expedientes relacionados con el valor de referencia y adecuar éste antes de cualquier transmisión inmobiliaria.
Da la opción de presentar escritos para confrontar con antelación la realidad frente a ese valor de referencia catastral cuando se considere que éste es superior.
No se debe confundir con el mecanismo o vía para impugnar o recurrir las autoliquidaciones tributarias.
PASOS:
1.Link: Sede Electrónica del Catastro – Trámites ante Catastro (sedecatastro.gob.es)
2.Link. www.sedecatastro.gob.es/Accesos
Es imprescindible:
1.Identificar el titular y bien o bienes inmuebles, para lo cual debe indicar la Referencia Catastral. Si no dispone de ésta, existen dos enlaces, “Búsqueda por dirección” y “Listado de inmuebles asociados al usuario”, que permitirán su obtención.
Puede presentar un único formulario para todos los inmuebles localizados en el mismo municipio, utilizando la opción “añadir bien inmueble”.
2.Exponer las manifestaciones y su concreta petición, que obligatoriamente debe presentar en fichero electrónico, aportándose los documentos oportunos.
Puede ser muy útil por cuanto se pueden lograr estimaciones de rectificación del valor del inmueble cuestionado y ello aportando informes técnicos que pongan en entredicho los elementos que obran en el certificado de motivación del referido valor de referencia catastral.
Para cualquier duda o aclaración, póngase en contacto con JORGE CORTES, ABOGADO, 690 95 11 68
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